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Corte avala penalización del uso de IA en deepfakes sexuales.

Con nueve votos a favor, la Suprema Corte valida la reforma al Código Penal de Sinaloa que sanciona la creación y difusión de contenidos sexuales manipulados con inteligencia artificial.  

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la penalización del uso de inteligencia artificial (IA) para la creación y difusión de contenidos sexuales sin consentimiento, marcando un precedente en la regulación de los deepfakes en México.  

Con una votación de nueve a uno, el pleno declaró constitucional una reforma al Código Penal de Sinaloa, aprobada en febrero de 2024, que incorpora al delito de violación a la intimidad sexual la generación y alteración de imágenes, audios y videos con herramientas de IA, cuando estos sean compartidos sin autorización de la persona afectada. La sanción establecida oscila entre tres y seis años de prisión.  

La reforma fue impugnada por el Poder Ejecutivo federal bajo el argumento de que el artículo 185 Bis C del Código Penal de Sinaloa no definía con claridad el concepto de inteligencia artificial, lo que podría vulnerar los principios de seguridad jurídica y taxatividad en materia penal.  

Sin embargo, la mayoría de los ministros desestimó esta objeción. Juan Luis González Alcántara, autor del proyecto, señaló que, si bien no existe una definición universalmente aceptada de IA, la norma sanciona la creación de “hechos falsos con apariencia real” cuando son difundidos sin consentimiento a través de medios electrónicos.  

El cambio en la ley  

- En 2024, Sinaloa reformó su Código Penal para actualizar el delito de violación a la intimidad sexual.  

- Se incluyó la penalización de la manipulación de contenido sexual con herramientas de inteligencia artificial.  

- La difusión de estos materiales sin consentimiento se castiga con entre tres y seis años de prisión.